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Decreto 204/017

Este decreto, reglamentario de la Ley 18.471, aclara y profundiza varios puntos de sumo interés.

Primero, expresamente declara el derecho a convivir con animales de compañía y lo relaciona con la responsabilidad que dicho derecho implica (arts 1 y 11).

También define con precisión varios conceptos destacados como el de tenedor responsable, tenedor responsable titular y tenedor temporal (arts 2 a 6).

Un punto particularmente importante es la declaración expresa de responsabilidad que asigna a los familiares del tenedor titular que fallece, desaparece o se incapacita, con respecto a los animales de estima de éste, la familia no puede abandonarlos, son su responsabilidad (art. 8 Dto).

La mención especifica a las 5 libertades básicas (art. 12) a que los animales tienen derecho, es un gran avance en nuestra legislación, en consonancia con el resto del mundo.

Las normas de bienestar animal y tenencia responsable se explicitan en los arts 13 y 14 y las condiciones en que puede realizarse un sacrificio humanitario (eutanasia) se regulan en los art. 21 a 25.

Los artículos finales del decreto tratan de las sanciones, agravantes, atenuantes y causas de justificacione e inimputabilidad (arts 31 a 41).

Mas detalles: https://www.impo.com.uy/bases/decretos/204-2017